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La Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia que absolvió a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, principales imputados en el caso Odebrecht, revela las razones dadas por los jueces que decidieron dejarlos en libertad a ambos.

El caso se originó a partir de las acusaciones de la Fiscalía Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), que acusó a varios funcionarios y particulares de recibir sobornos de la empresa brasileña Odebrecht, que admitió haber pagado 92 millones de dólares en sobornos. . en la República Dominicana. Según la acusación, estos sobornos se realizaron para obtener contratos de obras públicas y la aprobación de financiamientos y préstamos por parte de los congresistas.

El Tribunal concluyó que no existían pruebas claras y concluyentes que demostraran que los acusados ​​hubieran cometido los delitos que se les imputaban. El tribunal demostró que no fue posible identificar a los funcionarios específicos que habrían recibido sobornos, lo cual es crucial para probar el delito de soborno.

La Corte Suprema también demostró que, sin una identificación precisa de los destinatarios de los sobornos, la fiscalía carecía de un elemento fundamental para sustentar las condenas.

En el caso de Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, la Segunda Sala de la Corte Suprema determinó que las transferencias de dinero que recibieron fueron para servicios legítimos de codificación y no para facilitar sobornos. Además, alegó que la falta de pruebas directas que vincularan estos pagos con actos de corrupción debilitó significativamente el caso en su contra, lo que resultó en su absolución.

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